MICITT reforma "Reglamento para la Transición a la Televisión Digital Terrestre en Costa Rica"


Con fundamento en una amplia exposición de normativas jurídicas, estudios técnicos y solicitudes expresas de concesionarios, el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT) decidió acoger algunas de las recomendaciones emanadas por la Comisión Mixta para la Implementación de la Televisión Digital Terrestre en Costa Rica, decretando lo siguiente:

Decreto N° 43629 del 28 de junio de 2022, publicado en el Alcance N° 144 a La Gaceta N° 134 del 14 de julio del 2022.

Artículo 1.- Modifíquese parcialmente el artículo 8 del Decreto Ejecutivo N° 36774-MINAET, "Reglamento para la Transición a la Televisión Digital Terrestre en Costa Rica", emitido en fecha 06 de setiembre de 2011 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta N° 185 de fecha 27 de setiembre de 2011 y sus reformas, para que en lo sucesivo se lea de la forma que se indicará y manténgase incólume en sus otros extremos:

"Artículo 8.-

(. . .)

Subregión 3: Comprende el territorio cubierto por las transmisiones analógicas del resto del país (puntos de transmisión no incluidos en la Región 1 y en las Subregiones 1 y 2 de la Región 2): hasta las 23 horas con 59 minutos del día 31 de enero del año 2023.

Dicha excepción resultará aplicable, siempre y cuando concurran simultáneamente, las siguientes condiciones:

a. (. . .)

(. .. )"

Puede consultar y descargar el texto completo del Decreto 36774 y sus reformas en formato pdf → AQUÍ

Para más antecedentes sobre este mismo tema en esta Revista ver: Galería ⇢ Secciones Especiales ⇢ Televisión Digital → AQUÍ

Siguiente artículo Artículo anterior