MICITT amplía plazo para cierre de transmisiones analógicas en la región 2 de Costa Rica

 


Redactado por MAP. Álvaro A. Bolaños Álvarez – Colaborador TecnoCiencia

21 de agosto de 2020 - El Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT) amplió el plazo para la entrada en funcionamiento de la Televisión Digital Abierta en las regiones cuya transmisión no está cubierta por las señales emitidas desde el volcán Irazú, hasta el 14 de julio del 2021.

El día 6 de setiembre del año 2011, mediante Decreto Ejecutivo N° 36774-MINAET, publicado en la Gaceta N° 185 del 27 de ese mismo mes, se promulgó el “Reglamento para la transición a la Televisión Digital Terrestre en Costa Rica”, el cual ha pasado por diversas modificaciones, siendo la última la contenida en el Decreto Ejecutivo N° 42518-MICITT, publicado en el Alcance N° 212 a la Gaceta N° 199 del 11 de agosto del 2020.

En el artículo 8 del citado reglamento se divide el país en dos regiones, para efectos del cierre de los servicios de radiodifusión por televisión con tecnología analógica, siendo la Región 1 la comprendida en el territorio cubierto por las transmisiones provenientes desde el Parque Nacional Volcán Irazú, y la Región 2 las señales analógicas transmitidas desde el resto del país no cubierto por la Región 1.

Para la Región 1 el cese definitivo de las transmisiones se dio el 14 de agosto del año 2019, no así para la Región 2, pues ante la situación de emergencia sanitaria provocada por la enfermedad COVID-19 y atendiendo la solicitud de prórroga presentada por la Cámara Nacional de Radio y Televisión, el MICITT se dio a la tarea de efectuar los estudios técnicos y legales, así como las consultas institucionales pertinentes para atender la gestión.

Como resultado de lo anterior, el MICITT aceptó modificar el segundo párrafo del artículo 8 del reglamento, de manera que para la Región 2 se podrán mantener las transmisiones analógicas, de acuerdo con lo establecido en el título habilitante, hasta la fecha máxima y definitiva de las 23 horas con 59 minutos del 14 de julio del año 2021.

Para el caso de los enlaces de microondas, según la modificación realizada al artículo 8 bis del reglamento, con el fin de asegurar la operación integral de las nuevas redes de radiodifusión digital televisiva, los concesionarios contarán con una fecha máxima y definitiva hasta las 23 horas con 59 minutos del 30 de abril del año 2021, para la salida de operación de la totalidad de los enlaces previamente asignados para las redes de televisión analógica.

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