Aprobada ley para el fomento de la Economía Creativa y Cultural de Costa Rica
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Redactado por MAP. Álvaro A. Bolaños Álvarez – Colaborador Revista Sobrevuelo
21 de diciembre de 2021. Mediante Ley N° 10044 se promueven los emprendimientos creativos y culturales, para el desarrollo y la reactivación económica, social y cultural de Costa Rica.
El día 14 de setiembre del año 2021 y mediante Ley N° 10044, ratificada por el Poder Ejecutivo el día 12 de noviembre de 2021 y publicada en la Gaceta N° 243 del 17 de diciembre de 2021, la Asamblea Legislativa de Costa Rica aprobó la promoción de “…. emprendimientos creativos y culturales, para el desarrollo y la reactivación económica, social y cultural de Costa Rica, mediante el impulso de acciones, programas, políticas públicas para exaltar, promocionar, impulsar, fomentar, incentivar y proteger los emprendimientos creativos y culturales.” (Artículo 1)
En el Artículo 2 se definen los conceptos: Ecosistema, Persona emprendedora, Emprendimiento, Persona emprendedora creativa y cultural, Emprendimiento creativo y cultural, Empresa cultural, Industria creativa y cultural.
En los Artículos 3 y 4 se establece la creación de una “Política nacional de la economía creativa y cultural”, que deberá ser desarrollada por el Ministerio de Cultura y Juventud (MCJ) y cuya finalidad será “… impulsar el desarrollo de la industria creativa y cultural costarricense, mediante el establecimiento de un ecosistema que favorezca el desarrollo de las unidades productivas brindándoles condiciones para mejorar su competitividad en el mercado nacional e internacional …”
La coordinación de los procesos de implementación de la ley estará a cargo del Ministerio de Cultura y Juventud, sin embargo, será una “… rectoría compartida entre el Ministerio de Economía Industria y Comercio (MEIC), en materia de desarrollo empresarial, y el Ministerio de Cultura y Juventud, en materia de impulso a los emprendimientos creativos y culturales.” (Artículo 5)
La ley crea también, en sus Artículos 6 y 7, el “… Consejo Nacional de Economía Creativa y Cultural, como una unidad organizacional de coordinación y cooperación interinstitucional del Ministerio de Cultura y Juventud (MCJ) y directamente a cargo de la persona jerarca del ramo. Este Consejo asesorará al Poder Ejecutivo en la materia…”, estará integrado por los representantes de 10 instituciones y con funciones de “… coordinación y seguimiento necesarias para la implementación de la Política Nacional de Economía Creativa y Cultural…”
Mediante los Artículos 8 y 9 de la Ley se crea la Unidad de Cultura y Economía (UCE) como “… una instancia técnica especializada ubicada en el nivel operativo…“ del Ministerio de Cultura y Juventud.
Dicha UCE “… generará y mantendrá actualizados e interrelacionados sus datos en un sistema nacional de información cultural que visibilice y sistematice la composición del sector cultural costarricense en términos cualitativos, cuantitativos y territoriales, de manera que se identifique e integre la información estadística propia de las herramientas de medición del Estado que sirvan a la promoción del sector cultural, de manera robusta, confiable, consistente y actualizada.”
En los artículos 10 al 14 se establecen las condiciones de otros elementos tales como: Fomento creativo, Financiamiento creativo, Promoción del comercio exterior creativo, Protección de propiedad intelectual y Autorización para destinar recursos y prestar colaboración por parte de diversas entidades.
Puede consultar y descargar el texto completo de la ley AQUÍ
Fuente: Ley N° 10044, La Gaceta N° 243 del 17 de diciembre de 2021.