Creación y declaratoria de interés público de la Agenda Agro-Ambiente y su plataforma

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Redactado por MAP. Álvaro A. Bolaños Álvarez – Colaborador Revista Sobrevuelo
4 de enero de 2022.

Mediante Decreto N° 43288 se crea la Agenda Agro-Ambiente como mecanismo de coordinación de temas esenciales para la acción conjunta de los Ministerios de Agricultura y Ganadería y de Ambiente y Energía.

El día 1 de octubre del año 2021 y mediante Decreto N° 43288, publicado en el Alcance N° 258 a la Gaceta N° 243 del 17 de diciembre de 2021, el Poder Ejecutivo aprobó la creación de “…la Agenda Agro-Ambiente como mecanismo de coordinación de temas esenciales para la acción conjunta de los Ministerios de Agricultura y Ganadería y de Ambiente y Energía, y la gestión de actores relevantes integrados en la plataforma de múltiples partes diseñada para este fin…” declarando a la vez “… de interés público el establecimiento y ejecución de la Agenda Agro-Ambiente.” (Artículo 1)

El mismo Artículo 1 señala que la coordinación estará “… bajo la responsabilidad conjunta de ambos ministerios, quienes unirán esfuerzos para promover tecnologías, proyectos, programas y acciones puntuales para fomentar una producción agropecuaria de alto impacto económico, con capacidad de generar impacto ambiental positivo y contribuir a la generación de servicios ecosistémicos a la población.”

“Como objetivo general, la Agenda Agro-Ambiente de Costa Rica busca el equilibrio entre el uso de los recursos naturales y la producción agropecuaria, pesquera y forestal, en procura del bienestar ambiental, social, económico, seguridad alimentaria y nutricional, al tiempo que favorece la salud pública, animal, vegetal y de los ecosistemas, sirviendo de base para un modelo de desarrollo sostenible y resiliente al cambio climático.” (Artículo 2)

De acuerdo al Artículo 3, la Agenda se basa en los principios de: Desarrollo sostenible, Subsidiaridad, Participación responsable, Gradualidad, Manejo de asimetrías, Precautoriedad, Transparencia y rendición de cuentas.

“Para la orientación política y estratégica de la Agenda, deberá contarse con un documento marco…”, “Para la implementación … con un Plan Operativo…”, y “Para la ejecución de las acciones … con la Plataforma Agro-Ambiente.” (Artículo 4)

El Artículo 5 define que la Plataforma estará integrada por tres instancias básicas: un Comité Director Político integrado por los jerarcas del MAG y del MINAE, un Comité Técnico designado por el Comité Director y una Secretaría Ejecutiva, nombrada por el jerarca del MAG.

En los Artículos 7 al 10 se establecen otros aspectos tales como: Medios de acción de la plataforma, Vínculo con programas y proyectos de los sectores ambiente y agropecuario, Financiamiento y apoyo de otras instituciones y Libre acceso a la información generada.

Puede consultar y descargar el texto completo del Decreto AQUÍ.

Fuente: Decreto N° 43288, Alcance N° 258 a La Gaceta N° 243 del 17 de diciembre de 2021.

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