Aprueban Ley para declarar a los perezosos de 2 y 3 dedos como símbolos nacionales de la fauna silvestre de Costa Rica

Perezoso de tres dedos. Foto Pixabay

Redactado por MAP. Álvaro A. Bolaños Álvarez – Colaborador Revista Sobrevuelo
16 de setiembre de 2021.

Mediante Ley N° 10007 Costa Rica declaró a los perezosos de dos dedos y de tres dedos como símbolos nacionales de la fauna silvestre de Costa Rica.

El día 21 de julio del año 2021 y mediante Ley N° 10007, la Asamblea Legislativa de Costa Rica declaró “… a los perezosos de dos dedos (Choloepus hoffmanni) y de tres dedos (Bradypus variegatus) símbolos nacionales de la fauna de Costa Rica y del compromiso del país con la protección de los bosques.” (Artículo1)

Dicha ley fue sancionada por el Poder Ejecutivo en la Zona Protectora Las Tablas, cantón de Coto Brus, provincia de Puntarenas, el día 24 de agosto del 2021 y fue publicada en el diario oficial La Gaceta N° 176 del 14 de setiembre del 2021.

Perezoso de 2 dedos. Crédito: iNaturalist Panamá

En el Artículo 2 se establecen las competencias que corresponde atender al Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), así como al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) y las electrificadoras privadas. Entre otras: "velar por la conservación adecuada de las poblaciones de perezosos", "implementar pasos de fauna aéreos en rutas nacionales" e "implementar medidas para reducir las electrocuciones con tendidos eléctricos".

En el artículo 3 se propone la realización de programas de educación y sensibilización, para incluir la protección del perezoso y su habitat natural, los cuales podrán realizarse por parte del Consejo Superior de Educación en coordinación con el Ministerio de Educación Pública (MEP).

Además, en este mismo artículo se indica que: “Las demás instituciones de gobierno, organizaciones no gubernamentales, empresas públicas y privadas podrán desarrollar también iniciativas que impulsen la conservación de los perezosos y su habitat, de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico vigente…”

Perezoso de 3 dedos. Crédito: Pixabay

Por último, en el artículo 4 se establece que: “El Instituto Costarricense de Turismo (ICT) podrá usar la imagen del perezoso para sus campañas publicitarias, a nivel local e internacional…”, además: “… podrá desarrollar, en coordinación con el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac), acciones y protocolos que promuevan las buenas prácticas turísticas que permitan la protección y el uso turístico sostenible de las especies de perezosos.”

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