Reforma al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, habilita las comunicaciones con aviones, trenes y embarcaciones

De izquierda a derecha: Viceministro y Ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones

  • Esta reforma permitirá la posibilidad de prestar servicios de conectividad a Internet de banda ancha utilizando la banda Ka en lugares remotos o de difícil acceso, en beneficio de las poblaciones en condiciones de vulnerabilidad.

MICITT - San José, 3 de marzo, 2020. Como parte de los esfuerzos que realiza el MICITT para mejorar los servicios de telecomunicaciones que se brindan en el país y que benefician a toda la población, se llevó a cabo la Reforma al Plan Nacional de Atribución de Frecuencias denominada “Banda Ka y Uso Libre”.

Dentro de las características técnicas más importantes de las estaciones terrenas en movimiento (ESIM, por sus siglas en inglés), es que están diseñadas para operar en plataformas móviles, tales como trenes, embarcaciones, aviones y otros vehículos, lo que permite dar servicios de datos como Internet en banda ancha en situaciones donde normalmente no existe disponibilidad de acceso, tal como lo son cruceros, vuelos comerciales, trenes u otros tipos de transporte público, sin detrimento de la posibilidad de su uso terrestre.

Además, tiene también aplicaciones para vehículos en movimiento para atención de emergencias, de uso oficial y fines científicos, lo que contribuye al desarrollo de las ciudades inteligentes.

Mediante la reforma se ha subsanado el vacío reglamentario que existía en la banda Ka, ya que ahora los prestadores de servicio podrán solicitar el uso de frecuencias mediante el proceso de concesión directa, lo que permitirá simplificar las gestiones requeridas por parte de los interesados en brindar nuevos servicios. Esto además permitirá la posibilidad de prestar servicios de conectividad al Internet de banda ancha utilizando la banda Ka en lugares remotos o de difícil acceso, en beneficio de las poblaciones en condiciones de vulnerabilidad.

La Banda Ka es un segmento de frecuencias utilizado en las comunicaciones vía satélite. Este comprende los segmentos de 17,3 GHz a 21,2 GHz y 27 GHz a 31 GHz.

Con la reforma se identificó dicha banda como de asignación no exclusiva para el Servicio Fijo por Satélite, dado que puede ser aprovechada por múltiples usuarios de forma simultánea.

También se incluyeron todos los aspectos técnicos y reglamentarios necesarios para que puedan operar las Estaciones Terrenas en Movimiento en los subsegmentos de 19,7 GHz a 20,2 GHz y 29,5 GHz a 30,0 GHz en el territorio costarricense.

Asimismo, la reforma contempla ajustes para el proceso de homologación de dispositivos que operan en frecuencias de uso libre, con el fin de adoptar nuevas y mejores condiciones, y así lograr una óptima regulación del espectro en estas bandas.


Fiorella Alvarado / MICITT, Antonieta Corrales/ MICITT

Teléfono: 2211-1248 / 8351-4305/ 8774-7474

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